Turismo

Hotel

Instancias

Icono_PDF Solicitud de autorización de proyectos técnicos de construcción, ampliación y rehabilitación

Icono_PDF Comunicación inicio de la actividad turística de alojamiento, declaración responsable y solicitud de clasificación (con infraestructura favorable)

Icono_PDF Comunicación inicio de la actividad turística de alojamiento, declaración responsable y solicitud de clasificación (con autorización previa concedida)

Icono_PDF Comunicación inicio de la actividad turística de alojamiento, declaración responsable y solicitud de clasificación

Icono_PDF Comunicación de modificación de datos y términos de las comunicaciones y declaraciones responsables

Icono_PDF Solicitud de informe de clasificación provisional de establecimiento alojativo. Cambio de categoría

Icono_PDF Comunicación de cambio de categoría de establecimiento alojativo turístico

Icono_PDF Comunicación de cese de la actividad de alojamiento

Icono_PDF Comunicación de Cambio de titularidad y/o denominación comercial de un establecimiento de alojamiento turístico

Icono_PDF Solicitud de hojas de reclamaciones

Icono_PDF Declaración responsable de no tener hojas de reclamaciones ni cartel anunciador

Icono_PDF Solicitud para la incorporación de documentos

Icono_PDF Solicitud para la incorporación de documentos requeridos

Icono_PDF Solicitud para dejar sin efecto la solicitud de inicio presentada

 

Normativa de aplicación

  • Ley 7/1995, de 6 de abril de Ordenación del Turismo de Canarias.
  • Ley 2/2013, de 29 de mayo, de modernización y renovación turística de Canarias, en la redacción dada en la Ley 9/2015, de 27 de abril.
  • Decreto142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Actividad Turística de Alojamiento y se modifica el Decreto 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándares turísticos.
  • Decreto 142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la actividad turística de alojamiento, donde se incluyen los Equipamientos, las Dotaciones Comunes y los Servicios que le son de aplicación.
  • Decreto 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándares turísticos.
  • Decreto 85/2015, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de renovación y modernización turística de Canarias.
  • Decreto 77/2022, de 7 de abril, por el que se regulan las características y el procedimiento de obtención de las hojas de reclamaciones y el procedimiento de tramitación de las reclamaciones, quejas y denuncias en materia turística.

 

icono_enlace Enlace a la normativa

 

Destino

Personas físicas y jurídicas en general.

 

Requisitos previos

No se exigen.

 

Documentación necesaria

  • Instancia normalizada.
  • Los documentos descritos en los anexos de cada una de las instancias.

 

Plazo de presentación

Todo el año siempre y cuando no esté reglamentariamente restringida o limitada la creación de nueva oferta de alojamiento turístico.

 

Medios de presentación

Presencial: En las oficinas del Registro General del Cabildo Insular de Fuerteventura, en Puerto del Rosario o en cualquiera de las Oficinas de Registros Auxiliares y de Atención al Ciudadano de Corralejo, Gran Tarajal y Morro Jable.

Electrónica: A través de la Sede electrónica del Cabildo de Fuerteventura

 

Órgano que resuelve

Consejería de Turismo del Cabildo de Fuerteventura.

Apartamento

Instancias

Icono_PDF Solicitud de autorización de proyectos técnicos de construcción, ampliación y rehabilitación

Icono_PDF Comunicación inicio de la actividad turística de alojamiento, declaración responsable y solicitud de clasificación (con infraestructura favorable)

Icono_PDF Comunicación inicio de la actividad turística de alojamiento, declaración responsable y solicitud de clasificación (con autorización previa concedida)

Icono_PDF Comunicación inicio de la actividad turística de alojamiento, declaración responsable y solicitud de clasificación

Icono_PDF Comunicación de modificación de datos y términos de las comunicaciones y declaraciones responsables

Icono_PDF Solicitud de informe de clasificación provisional de establecimiento alojativo. Cambio de categoría

Icono_PDF Comunicación de cambio de categoría de establecimiento alojativo turístico

Icono_PDF Comunicación de cese de la actividad de alojamiento

Icono_PDF Comunicación de Cambio de titularidad y/o denominación comercial de un establecimiento de alojamiento turístico

Icono_PDF Solicitud de hojas de reclamaciones

Icono_PDF Declaración responsable de no tener hojas de reclamaciones ni cartel anunciador

Icono_PDF Solicitud para la incorporación de documentos

Icono_PDF Solicitud para la incorporación de documentos requeridos

Icono_PDF Solicitud para dejar sin efecto la solicitud de inicio presentada

 

Normativa de aplicación

  • Ley 7/1995, de 6 de abril de Ordenación del Turismo de Canarias.
  • Ley 2/2013, de 29 de mayo, de modernización y renovación turística de Canarias, en la redacción dada en la Ley 9/2015, de 27 de abril.
  • Decreto142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Actividad Turística de Alojamiento y se modifica el Decreto 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándares turísticos.
  • Decreto 142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la actividad turística de alojamiento, donde se incluyen los Equipamientos, las Dotaciones Comunes y los Servicios que le son de aplicación.
  • Decreto 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándares turísticos.
  • Decreto 85/2015, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de renovación y modernización turística de Canarias.
  • Decreto 77/2022, de 7 de abril, por el que se regulan las características y el procedimiento de obtención de las hojas de reclamaciones y el procedimiento de tramitación de las reclamaciones, quejas y denuncias en materia turística.

 

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Destino

Personas físicas y jurídicas en general.

 

Requisitos previos

No se exigen.

 

Documentación necesaria

  • Instancia normalizada.
  • Los documentos descritos en los anexos de cada una de las instancias.

 

Plazo de presentación

Todo el año siempre y cuando no esté reglamentariamente restringida o limitada la creación de nueva oferta de alojamiento turístico.

 

Medios de presentación

Presencial: En las oficinas del Registro General del Cabildo Insular de Fuerteventura, en Puerto del Rosario o en cualquiera de las Oficinas de Registros Auxiliares y de Atención al Ciudadano de Corralejo, Gran Tarajal y Morro Jable.

Electrónica: A través de la Sede electrónica del Cabildo de Fuerteventura

 

Órgano que resuelve

Consejería de Turismo del Cabildo de Fuerteventura.

Casas rurales y emblemáticas

Instancias

Icono_PDF Solicitud de informe sobre las características de un inmueble para destinarlo a establecimiento de alojamiento de turismo rural o emblemático

Icono_PDF Solicitud de autorización de proyectos técnicos de construcción, ampliación y rehabilitación (modalidad rural – emblemático)

Icono_PDF Solicitud de autorización de proyecto técnico de rehabilitación (modalidad rural – emblemático no rehabilitado)

Icono_PDF Comunicación de inicio de actividad turística de alojamiento y declaración responsable (rural o emblemática ya rehabilitada)

Icono_PDF Solicitud de hojas de reclamaciones

Icono_PDF Declaración responsable de no tener hojas de reclamaciones ni cartel anunciador

Icono_PDF Solicitud para la incorporación de documentos

Icono_PDF Solicitud para la incorporación de documentos requeridos

Icono_PDF Solicitud para dejar sin efecto la solicitud de inicio presentada

 

Normativa de aplicación

  • Ley 7/1995, de 6 de abril de Ordenación del Turismo de Canarias.
  • Ley 2/2013, de 29 de mayo, de modernización y renovación turística de Canarias, en la redacción dada en la Ley 9/2015, de 27 de abril.
  • Decreto142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Actividad Turística de Alojamiento y se modifica el Decreto 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándares turísticos.
  • Decreto 142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la actividad turística de alojamiento, donde se incluyen los Equipamientos, las Dotaciones Comunes y los Servicios que le son de aplicación.
  • Decreto 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándares turísticos.
  • Decreto 85/2015, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de renovación y modernización turística de Canarias.
  • Decreto 77/2022, de 7 de abril, por el que se regulan las características y el procedimiento de obtención de las hojas de reclamaciones y el procedimiento de tramitación de las reclamaciones, quejas y denuncias en materia turística.

 

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Destino

Personas físicas y jurídicas en general.

 

Requisitos previos

No se exigen.

 

Documentación necesaria

  • Instancia normalizada.
  • Los documentos descritos en los anexos de cada una de las instancias.

 

Plazo de presentación

Todo el año siempre y cuando no esté reglamentariamente restringida o limitada la creación de nueva oferta de alojamiento turístico.

 

Medios de presentación

Presencial: En las oficinas del Registro General del Cabildo Insular de Fuerteventura, en Puerto del Rosario o en cualquiera de las Oficinas de Registros Auxiliares y de Atención al Ciudadano de Corralejo, Gran Tarajal y Morro Jable.

Electrónica: A través de la Sede electrónica del Cabildo de Fuerteventura

 

Órgano que resuelve

Consejería de Turismo del Cabildo de Fuerteventura.

Hotel rural y emblemático

Instancias

Icono_PDF Solicitud de informe sobre las características de un inmueble para destinarlo a establecimiento de alojamiento de turismo rural o emblemático

Icono_PDF Solicitud de autorización de proyectos técnicos de construcción, ampliación y rehabilitación (modalidad rural – emblemático)

Icono_PDF Solicitud de autorización de proyecto técnico de rehabilitación (modalidad rural – emblemático no rehabilitado)

Icono_PDF Comunicación de inicio de actividad turística de alojamiento y declaración responsable (rural o emblemática ya rehabilitada)

Icono_PDF Solicitud de hojas de reclamaciones

Icono_PDF Declaración responsable de no tener hojas de reclamaciones ni cartel anunciador

Icono_PDF Solicitud para la incorporación de documentos

Icono_PDF Solicitud para la incorporación de documentos requeridos

Icono_PDF Solicitud para dejar sin efecto la solicitud de inicio presentada

 

Normativa de aplicación

  • Ley 7/1995, de 6 de abril de Ordenación del Turismo de Canarias.
  • Ley 2/2013, de 29 de mayo, de modernización y renovación turística de Canarias, en la redacción dada en la Ley 9/2015, de 27 de abril.
  • Decreto142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Actividad Turística de Alojamiento y se modifica el Decreto 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándares turísticos.
  • Decreto 142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la actividad turística de alojamiento, donde se incluyen los Equipamientos, las Dotaciones Comunes y los Servicios que le son de aplicación.
  • Decreto 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándares turísticos.
  • Decreto 85/2015, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de renovación y modernización turística de Canarias.
  • Decreto 77/2022, de 7 de abril, por el que se regulan las características y el procedimiento de obtención de las hojas de reclamaciones y el procedimiento de tramitación de las reclamaciones, quejas y denuncias en materia turística.

 

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Destino

Personas físicas y jurídicas en general.

 

Requisitos previos

No se exigen.

 

Documentación necesaria

  • Instancia normalizada.
  • Los documentos descritos en los anexos de cada una de las instancias.

 

Plazo de presentación

Todo el año siempre y cuando no esté reglamentariamente restringida o limitada la creación de nueva oferta de alojamiento turístico.

 

Medios de presentación

Presencial: En las oficinas del Registro General del Cabildo Insular de Fuerteventura, en Puerto del Rosario o en cualquiera de las Oficinas de Registros Auxiliares y de Atención al Ciudadano de Corralejo, Gran Tarajal y Morro Jable.

Electrónica: A través de la Sede electrónica del Cabildo de Fuerteventura

 

Órgano que resuelve

Consejería de Turismo del Cabildo de Fuerteventura.

Hotel urbano

Instancias

Icono_PDF Solicitud de autorización de proyectos técnicos de construcción, ampliación y rehabilitación

Icono_PDF  Comunicación de inicio de la actividad turística de alojamiento, declaración responsable y solicitud de clasificación (hotel urbano)

Icono_PDF  Comunicación de modificación de datos y términos de las comunicaciones y declaraciones responsables

Icono_PDF  Solicitud de informe de clasificación provisional de establecimiento alojativo. Cambio de categoría

Icono_PDF  Comunicación de cambio de categoría de establecimiento alojativo turístico

Icono_PDF  Comunicación de cese de la actividad de alojamiento

Icono_PDF  Comunicación de Cambio de titularidad y/o denominación comercial de un establecimiento de alojamiento turístico

Icono_PDF  Solicitud de hojas de reclamaciones

Icono_PDF  Declaración responsable de no tener hojas de reclamaciones ni cartel anunciador

Icono_PDF  Solicitud para la incorporación de documentos

Icono_PDF  Solicitud para la incorporación de documentos requeridos

 

Normativa de aplicación

  • Ley 7/1995, de 6 de abril de Ordenación del Turismo de Canarias.
  • Ley 2/2013, de 29 de mayo, de modernización y renovación turística de Canarias, en la redacción dada en la Ley 9/2015, de 27 de abril.
  • Decreto142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Actividad Turística de Alojamiento y se modifica el Decreto 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándares turísticos.
  • Decreto 142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la actividad turística de alojamiento, donde se incluyen los Equipamientos, las Dotaciones Comunes y los Servicios que le son de aplicación.
  • Decreto 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándares turísticos.
  • Decreto 85/2015, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de renovación y modernización turística de Canarias.
  • Decreto 77/2022, de 7 de abril, por el que se regulan las características y el procedimiento de obtención de las hojas de reclamaciones y el procedimiento de tramitación de las reclamaciones, quejas y denuncias en materia turística.

 

icono_enlace  Enlace a la normativa

 

Destino

Personas físicas y jurídicas en general.

 

Requisitos previos

No se exigen.

 

Documentación necesaria

  • Instancia normalizada.
  • Los documentos descritos en los anexos de cada una de las instancias.

 

Plazo de presentación

Todo el año siempre y cuando no esté reglamentariamente restringida o limitada la creación de nueva oferta de alojamiento turístico.

 

Medios de presentación

Presencial: En las oficinas del Registro General del Cabildo Insular de Fuerteventura, en Puerto del Rosario o en cualquiera de las Oficinas de Registros Auxiliares y de Atención al Ciudadano de Corralejo, Gran Tarajal y Morro Jable.

Electrónica: A través de la Sede electrónica del Cabildo de Fuerteventura

 

Órgano que resuelve

Consejería de Turismo del Cabildo de Fuerteventura.

Villas

Instancias

Icono_PDF Solicitud de autorización de proyectos técnicos de construcción, ampliación y rehabilitación

Icono_PDF  Solicitud de autorización administrativa para la transformación de usos residenciales en villas

Icono_PDF  Comunicado de inicio de la actividad turística de alojamiento y declaración responsable (villas)

Icono_PDF  Solicitud de hojas de reclamaciones

Icono_PDF  Declaración responsable de no tener hojas de reclamaciones ni cartel anunciador

Icono_PDF  Solicitud para la incorporación de documentos

Icono_PDF  Solicitud para la incorporación de documentos requeridos

Icono_PDF  Solicitud para dejar sin efecto la solicitud de inicio presentada

 

Art. 32 Ley 2-2013 de renovación y modernización turística

 

Normativa de aplicación

  • Ley 7/1995, de 6 de abril de Ordenación del Turismo de Canarias.
  • Ley 2/2013, de 29 de mayo, de modernización y renovación turística de Canarias, en la redacción dada en la Ley 9/2015, de 27 de abril.
  • Decreto142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Actividad Turística de Alojamiento y se modifica el Decreto 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándares turísticos.
  • Decreto 142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la actividad turística de alojamiento, donde se incluyen los Equipamientos, las Dotaciones Comunes y los Servicios que le son de aplicación.
  • Decreto 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándares turísticos.
  • Decreto 85/2015, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de renovación y modernización turística de Canarias.
  • Decreto 77/2022, de 7 de abril, por el que se regulan las características y el procedimiento de obtención de las hojas de reclamaciones y el procedimiento de tramitación de las reclamaciones, quejas y denuncias en materia turística.

 

icono_enlace  Enlace a la normativa

 

Destino

Personas físicas y jurídicas en general.

 

Requisitos previos

No se exigen.

 

Documentación necesaria

  • Instancia normalizada.
  • Los documentos descritos en los anexos de cada una de las instancias.

 

Plazo de presentación

Todo el año siempre y cuando no esté reglamentariamente restringida o limitada la creación de nueva oferta de alojamiento turístico.

 

Medios de presentación

Presencial: En las oficinas del Registro General del Cabildo Insular de Fuerteventura, en Puerto del Rosario o en cualquiera de las Oficinas de Registros Auxiliares y de Atención al Ciudadano de Corralejo, Gran Tarajal y Morro Jable.

Electrónica: A través de la Sede electrónica del Cabildo de Fuerteventura

 

Órgano que resuelve

Consejería de Turismo del Cabildo de Fuerteventura.

Vivienda vacacional

Instancias para el trámite

Icono_PDF  Declaración responsable de inicio de la actividad de explotación de una vivienda vacacional

Icono_PDF  Comunicación de alteración o modificación de los datos incluidos en la declaración responsable de inicio de actividad

Icono_PDF  Comunicación de cese de la actividad de alojamiento

Icono_PDF  Declaración complementaria

 

Otras instancias

Icono_PDF  Solicitud de hojas de reclamaciones

Icono_PDF  Solicitud para la incorporación de documentos

Icono_PDF  Solicitud para la incorporación de documentos requeridos

 

Normativa de aplicación

  • Decreto 113/2015, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de las viviendas vacacionales de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • Decreto 77/2022, de 7 de abril, por el que se regulan las características y el procedimiento de obtención de las hojas de reclamaciones y el procedimiento de tramitación de las reclamaciones, quejas y denuncias en materia turística.

 

Publicado en:

icono_enlace  BOC nº 101, de 28 de mayo de 2015

icono_enlace  Correccción de errores: BOC nº 130, de 07 de julio de 2015

icono_enlace  Leyes y reglamento de la C.A.C.

icono_enlace  Modelo de anuncio de existencia de Hoja de Reclamaciones

Disposición transitoria tercera - Ley 2-2013

Normativa de aplicación

  • Ley 7/1995, de 6 de abril de Ordenación del Turismo de Canarias.
  • Ley 2/2013, de 29 de mayo, de modernización y renovación turística de Canarias, en la redacción dada en la Ley 9/2015, de 27 de abril.
  • Decreto142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Actividad Turística de Alojamiento y se modifica el Decreto 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándares turísticos.
  • Decreto 142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la actividad turística de alojamiento, donde se incluyen los Equipamientos, las Dotaciones Comunes y los Servicios que le son de aplicación.
  • Decreto 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándares turísticos.
  • Decreto 85/2015, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de renovación y modernización turística de Canarias.

 

icono_enlace  Enlace a la normativa

 

Destino

Personas físicas y jurídicas en general.

 

Requisitos previos

No se exigen.

 

Documentación necesaria

  • Instancia normalizada.
  • Los documentos descritos en los anexos de cada una de las instancias.

 

Plazo de presentación

Todo el año siempre y cuando no esté reglamentariamente restringida o limitada la creación de nueva oferta de alojamiento turístico.

 

Medios de presentación

Presencial: En las oficinas del Registro General del Cabildo Insular de Fuerteventura, en Puerto del Rosario o en cualquiera de las Oficinas de Registros Auxiliares y de Atención al Ciudadano de Corralejo, Gran Tarajal y Morro Jable.

Electrónica: A través de la Sede electrónica del Cabildo de Fuerteventura

 

Órgano que resuelve

Consejería de Turismo del Cabildo de Fuerteventura.

 

Instancias

Icono_PDF  Solicitud de apertura de establecimiento alojativo turístico y clasificación definitiva

Icono_PDF  Documento de ingreso

Transformación de apartamentos en hotel

Normativa de aplicación

  • Ley 7/1995, de 6 de abril de Ordenación del Turismo de Canarias.
  • Ley 2/2013, de 29 de mayo, de modernización y renovación turística de Canarias, en la redacción dada en la Ley 9/2015, de 27 de abril.
  • Decreto142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Actividad Turística de Alojamiento y se modifica el Decreto 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándares turísticos.
  • Decreto 142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la actividad turística de alojamiento, donde se incluyen los Equipamientos, las Dotaciones Comunes y los Servicios que le son de aplicación.
  • Decreto 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándares turísticos.
  • Decreto 85/2015, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de renovación y modernización turística de Canarias.

 

icono_enlace  Enlace a la normativa

 

Destino

Personas físicas y jurídicas en general.

 

Requisitos previos

No se exigen.

 

Documentación necesaria

  • Instancia normalizada.
  • Los documentos descritos en los anexos de cada una de las instancias.

 

Plazo de presentación

Todo el año siempre y cuando no esté reglamentariamente restringida o limitada la creación de nueva oferta de alojamiento turístico.

 

Medios de presentación

Presencial: En las oficinas del Registro General del Cabildo Insular de Fuerteventura, en Puerto del Rosario o en cualquiera de las Oficinas de Registros Auxiliares y de Atención al Ciudadano de Corralejo, Gran Tarajal y Morro Jable.

Electrónica: A través de la Sede electrónica del Cabildo de Fuerteventura

 

Órgano que resuelve

Consejería de Turismo del Cabildo de Fuerteventura.

 

Instancias

Icono_PDF  Solicitud de autorización de proyectos técnicos de construcción, ampliación y rehabilitación – apartamento a hotel

Icono_PDF Comunicación inicio de la actividad turística de alojamiento, declaración responsable y solicitud de clasificación

Icono_PDF  Documento de ingreso

Trámites disposición transitoria tercera - Ley 9 - 2015

Normativa de aplicación

  • Ley 7/1995, de 6 de abril de Ordenación del Turismo de Canarias.
  • Ley 2/2013, de 29 de mayo, de modernización y renovación turística de Canarias, en la redacción dada en la Ley 9/2015, de 27 de abril.
  • Decreto142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Actividad Turística de Alojamiento y se modifica el Decreto 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándares turísticos.
  • Decreto 142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la actividad turística de alojamiento, donde se incluyen los Equipamientos, las Dotaciones Comunes y los Servicios que le son de aplicación.
  • Decreto 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándares turísticos.
  • Decreto 85/2015, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de renovación y modernización turística de Canarias.

 

icono_enlace  Enlace a la normativa

 

Destino

Personas físicas y jurídicas en general.

 

Requisitos previos

No se exigen.

 

Documentación necesaria

  • Instancia normalizada.
  • Los documentos descritos en los anexos de cada una de las instancias.

 

Plazo de presentación

Todo el año siempre y cuando no esté reglamentariamente restringida o limitada la creación de nueva oferta de alojamiento turístico.

 

Medios de presentación

Presencial: En las oficinas del Registro General del Cabildo Insular de Fuerteventura, en Puerto del Rosario o en cualquiera de las Oficinas de Registros Auxiliares y de Atención al Ciudadano de Corralejo, Gran Tarajal y Morro Jable.

Electrónica: A través de la Sede electrónica del Cabildo de Fuerteventura

 

Órgano que resuelve

Consejería de Turismo del Cabildo de Fuerteventura.

 

Instancias

Icono_PDF  Solicitud de autorización administrativa de la actividad turística de alojamiento, declaración responsable y clasificación provisional

Icono_PDF  Solicitud de apertura de establecimiento alojativo turístico y clasificación definitiva

Icono_PDF  Documento de ingreso

Trámites disposición transitoria cuarta - Ley 9 - 2015

Normativa de aplicación

  • Ley 7/1995, de 6 de abril de Ordenación del Turismo de Canarias.
  • Ley 2/2013, de 29 de mayo, de modernización y renovación turística de Canarias, en la redacción dada en la Ley 9/2015, de 27 de abril.
  • Decreto142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Actividad Turística de Alojamiento y se modifica el Decreto 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándares turísticos.
  • Decreto 142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la actividad turística de alojamiento, donde se incluyen los Equipamientos, las Dotaciones Comunes y los Servicios que le son de aplicación.
  • Decreto 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándares turísticos.
  • Decreto 85/2015, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de renovación y modernización turística de Canarias.

 

icono_enlace  Enlace a la normativa

 

Destino

Personas físicas y jurídicas en general.

 

Requisitos previos

No se exigen.

 

Documentación necesaria

  • Instancia normalizada.
  • Los documentos descritos en los anexos de cada una de las instancias.

 

Plazo de presentación

Todo el año siempre y cuando no esté reglamentariamente restringida o limitada la creación de nueva oferta de alojamiento turístico.

 

Medios de presentación

Presencial: En las oficinas del Registro General del Cabildo Insular de Fuerteventura, en Puerto del Rosario o en cualquiera de las Oficinas de Registros Auxiliares y de Atención al Ciudadano de Corralejo, Gran Tarajal y Morro Jable.

Electrónica: A través de la Sede electrónica del Cabildo de Fuerteventura

 

Órgano que resuelve

Consejería de Turismo del Cabildo de Fuerteventura.

 

Instancias

Icono_PDF  Solicitud de autorización administrativa de la actividad turística de alojamiento, declaración responsable y clasificación provisional

Icono_PDF  Solicitud de apertura de establecimiento alojativo turístico y clasificación definitiva

Icono_PDF  Documento de ingreso

Bar - Cafetería

Instancias normalizadas según contenido del Decreto 90/2010, de 22 de julio

Icono_PDF  Declaración Responsable de Inicio de Actividad de Restauración (artículo 14)

Icono_PDF  Declaración complementaria para aportar datos omitidos, incompletos o erróneos en la declaración responsable de inicio

Icono_PDF  Solicitud para la incorporación de documentos requeridos

Icono_PDF  Comunicación de modificación de datos que afectan a datos o manifestaciones comunicados o declarados al inicio de la actividad de restauración, de un establecimiento que ya figura inscrito en el Registro General Turístico (artículo 15)

Icono_PDF  Comunicación de cese de la actividad restauración (artículo 16) | Declaración responsable de no tener hojas de reclamaciones ni cartel anunciador

 

Otras solicitudes y documentos

Icono_PDF  Solicitud para la incorporación de documentos a expedientes en tramitación

Icono_PDF  Instrucciones para obtener las hojas de reclamaciones

 

Objeto

Poner en conocimiento del Cabildo Insular de Fuerteventura, el inicio de una actividad turística de restauración (Restaurante o Bar-Cafetería) y cumplimentar Declaración Responsable manifestando la observancia de los requisitos previstos en el Decreto 90/2010, de 22 de julio, por el que se regula la actividad turística de restauración y los establecimientos donde se desarrolla, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener dicho cumplimiento durante el tiempo en que desarrolle la actividad, para su inscripción en el Registro General Turístico.

Asimismo, poner en conocimiento de este Cabildo, las Modificaciones de Datos, que se produzcan después de haberse realizado la Inscripción de Inicio de las actividades de restauración, en el Registro General Turístico, para mantener actualizados los datos en todo momento, y también realizar las comunicaciones de los ceses de dichas actividades y de los titulares de éstas, cuando ya no realicen su explotación.

 

Normativa de aplicación

 

Medio de presentación

Presencial: En las oficinas del Registro General del Cabildo Insular de Fuerteventura, en Puerto del Rosario o en cualquiera de las Oficinas de Registros Auxiliares y de Atención al Ciudadano de Corralejo, Gran Tarajal y Morro Jable.

Electrónica: A través de la Sede electrónica del Cabildo de Fuerteventura

 

Destinatarios

Personas físicas y jurídicas en general.

 

Documentación necesaria

  • Los requisitos documentales previstos para los trámites de Inicio, Modificación de Datos y Cese de Actividades de Restauración se detallan en los anexos que figuran al final de cada una de las instancias normalizadas, a tal fin, cuyos enlaces de descarga se encuentran en esta web.

 

Plazo de presentación

Todo el año.

 

Órgano al que va dirigido

Consejería de Turismo del Cabildo de Fuerteventura.

Restaurante

Instancias normalizadas según contenido del Decreto 90/2010, de 22 de julio

Icono_PDF Declaración Responsable de Inicio de Actividad de Restauración (artículo 14)

Icono_PDF Declaración complementaria para aportar datos omitidos, incompletos o erróneos en la declaración responsable de inicio

Icono_PDF Solicitud para la incorporación de documentos requeridos

Icono_PDF Comunicación de modificación de datos que afectan a datos o manifestaciones comunicados o declarados al inicio de la actividad de restauración, de un establecimiento que ya figura inscrito en el Registro General Turístico (artículo 15)

Icono_PDF Comunicación de cese de la actividad restauración (artículo 16) | Declaración responsable de no tener hojas de reclamaciones ni cartel anunciador

 

Otras solicitudes y documentos

Icono_PDF Solicitud para la incorporación de documentos a expedientes en tramitación

Icono_PDF Instrucciones para obtener las hojas de reclamaciones

 

Objeto

Poner en conocimiento del Cabildo Insular de Fuerteventura, el inicio de una actividad turística de restauración (Restaurante o Bar-Cafetería) y cumplimentar Declaración Responsable manifestando la observancia de los requisitos previstos en el Decreto 90/2010, de 22 de julio, por el que se regula la actividad turística de restauración y los establecimientos donde se desarrolla, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener dicho cumplimiento durante el tiempo en que desarrolle la actividad, para su inscripción en el Registro General Turístico.

Asimismo, poner en conocimiento de este Cabildo, las Modificaciones de Datos, que se produzcan después de haberse realizado la Inscripción de Inicio de las actividades de restauración, en el Registro General Turístico, para mantener actualizados los datos en todo momento, y también realizar las comunicaciones de los ceses de dichas actividades y de los titulares de éstas, cuando ya no realicen su explotación.

 

Normativa de aplicación

 

Medio de presentación

Presencial: En las oficinas del Registro General del Cabildo Insular de Fuerteventura, en Puerto del Rosario o en cualquiera de las Oficinas de Registros Auxiliares y de Atención al Ciudadano de Corralejo, Gran Tarajal y Morro Jable.

Electrónica: A través de la Sede electrónica del Cabildo de Fuerteventura

 

Destinatarios

Personas físicas y jurídicas en general.

 

Documentación necesaria

  • Los requisitos documentales previstos para los trámites de Inicio, Modificación de Datos y Cese de Actividades de Restauración se detallan en los anexos que figuran al final de cada una de las instancias normalizadas, a tal fin, cuyos enlaces de descarga se encuentran en esta web.

 

Plazo de presentación

Todo el año.

 

Órgano al que va dirigido

Consejería de Turismo del Cabildo de Fuerteventura.

ConceptoImporte (€)
Certificados4,51
Diligencia por:
- Cambio de denominación
- Cambio de titularidad
- Cambio de categoría
- Hojas de reclamaciones
3,05

Información y solicitudes

Guías de turismo

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Intermediación turística / Agencia de viajes

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Actividades turísticas

Actividades de turismo activo, balnearios, piscinas, parques acuáticos, instalaciones deportivo-turísticas, parques zoológicos y botánicos, las excursiones aéreas o marítimas con fines turísticos de pesca deportivo-turística, las actividades turísticas complementarias, tales como las atracciones y espectáculos, salas de fiesta, discotecas y de baile, actividades de animación y demás de esparcimiento y ocio, la organización y asistencia a congresos y traducción simultánea.

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Formación

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Quejas y reclamaciones

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Trámites administrativos

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Solicitud de hojas de reclamaciones

Icono_PDF  Manual del procedimiento para la obtención de hojas de reclamaciones en materia turística

Icono_PDF  Manual simplificado para la presentación de hojas de reclamaciones

Solicitud de dispensa

Responsable de la gestión

icono_enlace  Dirección General de Ordenación y Promoción Turística

 

Órgano que resuelve

icono_enlace  Viceconsejería de Turismo

 

Plazo de resolución

2 meses

 

Efectos del silencio administrativo

Estimatorio

La solicitud se presentará con carácter previo a la comunicación de inicio de la actividad. No obstante, podrá presentarse en el momento de comunicar el inicio de la actividad haciendo constar en la declaración responsable la oportuna salvedad y asumiendo las consecuencias que podrían derivarse de la posible denegación de la solicitud.

 

Solicitud

icono_enlace  Enlace de descarga

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